Naturaleza
La Dirección Especializada de Atención a la Mujer y Violencia Intrafamiliar de la Policía Nacional es una unidad de naturaleza sustantiva u operativa.
Dependencia
- La Dirección Especializada de Atención a la Mujer y Violencia Intrafamiliar, es un organismo que depende de la Dirección General de la Policía Nacional y la Dirección Central de Prevención.
Relaciones de Coordinación:
A lo Externo
- Ministerio de la Mujer.
- Procuraduría General de la República.
- Organismos de carácter Público y Privado que Trabajan en contra de la Violencia de Género e Intrafamiliar.
- Organismos Internacionales.
A lo Interno
- Con todas las dependencias de la Policía Nacional.
Objetivo General
Desarrollar mecanismos y ejecutar las acciones para el cumplimiento de las políticas sobre Violencia contra la mujer e intrafamiliar en la República Dominicana y los delitos conexos que de ese flagelo se derivan, trabajando en coordinación con las demás entidades afines.
Funciones Principales
- Dar fiel cumplimiento a las Directrices emanadas de la Dirección General, mediante la ley orgánica 590-16 de la Policía Nacional.
- Diseñar e implementar programas, charlas y talleres orientados a la prevención del maltrato, la violencia contra la mujer e intrafamiliar a entidades gubernamentales, privadas, religiosas, ONGs y comunidades a través de sus líderes en los sectores de mayor vulnerabilidad.
- Ofrecer atención a las personas que se sienta afectadas por cualquier hecho o tipo de violencia de género e intrafamiliar mediante su denuncia, así como las de dominio público.
- Acompañar a las víctimas en la Ruta Critica (Recepción de Denuncia, Traslado a las Unidades de Atención a Víctimas de Violencia de Género, Intrafamiliar y Delitos Sexuales del Ministerio Público, en algunos casos acompañamientos a los tribunales).
- Aplicar el Art. 181 del Código Procesal Penal de la República Dominicana, para acudir en pedido de auxilio o cuando se persigue un sospechoso que se introdujo a una vivienda ajena.
- Coordinar con el Ministerio Público y cualquier otra entidad para el fiel proceso de sometimiento a la acción de la justicia de los infractores a la Ley 24-97, sobre Violencia contra la Mujer e Intrafamiliar.
- Garantizar el cumplimiento de todas las disposiciones establecidas en la ley 24-97, sobre Violencia contra la Mujer Intrafamiliar y otras reglamentaciones vigentes en la actualidad.
- Supervisar todas y cada una de las labores que se lleven a cabo en la Dirección Contra la Violencia y los Delitos que de esta se deriven, así como velar por la organización y el eficiente desempeño de dichas labores.
- Mantener ciclos de entrenamiento y capacitación para todos los miembros que formen parte de la Dirección y constituirlos en entes multiplicadores de la prevención de este tipo de delito.
- Gestionar la capacitación continua a los miembros Policiales asignados a la Dirección, para que brinden protección y den respuestas adecuadas y eficientes a las personas que acudan a la Institución a plantear su problemática.
- Ejecutar como auxiliar del Ministerio Público las acciones policiales relativas a las funciones que realizan las Unidades de Atención a la Violencia de Género e Intrafamiliar y Delitos Sexuales en las diferentes provincias.
- Brindar asesoría y asistencia psicológica al personal que se acerca a la Dirección en busca de apoyo.
- Gestionar la asignación de la logística idónea para el cumplimiento de los objetivos de la Dirección.
- Diseñar y ejecutar planes operativos anuales en base a los convenios con organismos Nacionales e Internacionales para el desarrollo de las actividades de la Dirección.
- Custodiar al personal recluido en la cárcel preventiva para mujeres de Villa María, velando y respetando los derechos fundamentales contemplados en la Constitución de la República.