Dirección Central de Investigación (DICRIM)

– Naturaleza de la Dirección

La Dirección Central de Investigación, es un organismo de naturaleza sustantiva u operativa.

-Dependencia

La Dirección Central de Investigación, es una dependencia orgánica de la Dirección General de la Policía Nacional.

– Coordinación:

A lo Externo

Ministerio Público de la R.D.

Ministerio de La Mujer, R.D.

El Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la R. D.

Ministerio de Relaciones Exteriores

Organizaciones Sociales no Gubernamentales (ONGs), que trabajan por la paz de los sectores donde operan.

A lo Interno

Dirección General de la Policía Nacional y todas las Dependencias que conforman la Policía Nacional.

Objetivo General

Dirigir las diferentes dependencias policiales que conforman la estructura de la Dirección Central de Investigación, encargadas de llevar a cabo los diferentes procesos de Investigación y Operatividad, mediante la utilización de métodos científicos, siempre bajo la dirección legal del Ministerio Público, apoyando su accionar, otorgando asistencia y soporte en sus labores, a fin de que los expedientes judiciales se correspondan con las pruebas, evidencias recolectadas e identificación de los responsables de cometer los hechos ilícitos, hasta su sometimiento, siempre en correspondencia al ámbito de los debidos procesos.

Funciones Principales

  • Diseñar programas, estrategias y aplicar las políticas de investigaciones que determinen el plan de trabajo en la Dirección Central de Investigación, teniendo como referencia las normativas procesales contenidas en la Ley 76-02 (Código Procesal Penal de la R.D.), así como la utilización de los últimos adelantos de la tecnología aplicada a la criminalística y estudios de la Criminología.
  • Ofrecer soporte, auxilio y consejería al Ministerio Público para la realización de las labores cotidianas de éste, último para la obtención de las pruebas mediante los procedimientos legalmente establecidos, actuando siempre al amparo de la Constitución de la Republica, la Ley 76-02 Código Procesal Penal y la Ley 590-16, Orgánica de la Policía Nacional.
  • Mantener al Director General de la Policía Nacional, informado de todas las infracciones de naturaleza delictiva y/o criminal ocurridas en el país, así como de los avances y disposiciones que se llevan a cabo sobre casos de relevancia, y por ende, de interés mediático.
  • Realizar las investigaciones procedentes ante los hechos delictivos (siempre con aplicación del Método Científico), conjuntamente con representantes del Ministerio Público, así como de todas las investigaciones que sean ordenadas por la superioridad.
  • Acompañar al Ministerio Público en el levantamiento de las pruebas, evidencias físicas, recopilación documental y los demás procedimientos que sustentan toda investigación, bajo la aplicación de metodología y procedimientos científicos, para el fortalecimiento de los expedientes que permitan comprobar ante los tribunales la participación del imputado en los hechos por los cuales deberá responder ante la jurisdicción correspondiente.
  • Determinar que los investigadores bajo su jurisdicción implementen estrategias adecuadas, que permitan preservar y procesar la escena donde se comete un hecho delictivo y/o criminal.
  • Garantizar que los servicios sean en todo momento eficientes y ajustados al interés público, supeditados a la Ley 590-16, Código Procesal Penal (Ley 76-02).
  • Analizar el comportamiento delictivo de los Agentes Policiales, tomando en cuenta las estadísticas generales y particulares, levantadas por dependencias de esta Dirección, para la realización de las proyecciones necesarias en la toma de decisiones.
  • Coordinar los planes, programas y proyectos de trabajo que deben ser implementados en sus áreas de responsabilidad, tomando como referente los factores de incidencia delictiva y los comportamientos sociales.
  • Gestionar y Disponer, de los recursos económicos necesarios para otorgar facilidades económicas a las personas que provean y evidencien informaciones que conduzcan al esclarecimiento de los casos investigados.
  • Mantener coordinación con los Sub-Directores de Área, para elevar el nivel Científico y/o Técnico a través de la capacitación y especialización de los investigadores de la Dirección Central, tanto en el país, mediante asistencia a la Escuela de Investigaciones Criminales, dependencia del Instituto Policial de Educación, así como de especialidades y certificaciones técnicas y profesionales de acreditación como Peritos Forenses.
  • Dar asistencia y soporte al Ministerio Público en la elaboración de los expedientes judiciales y obtener evidencias físicas mediante la recolección de pruebas que permitan comprobar ante los tribunales la participación de cualquier acusado en el hecho que se le imputa.

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